Compromisos
y Obligaciones
de la Relación
Comercial

El arte es inspiración, pero también compromiso. Aquí establecemos las bases de una relación justa, transparente y sólida, donde cada acuerdo impulsa la creatividad y el respeto mutuo.
entre Arttem y el/los Arttemista/s

EL PRESENTE APARTADO DENOMINADO “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” AMPARA LA RELACIÓN COMERCIAL COMO A CONTINUACIÓN SE ESTABLECE POR MEDIO DE LA PRESENTE PLATAFORMA DIGITAL Y/O SITIO WEB QUE OPERA EN INTERNET CON LOS DOMINIOS ARTTEM.GALLERY Y/O ARTTEM.IO Y/O ARTTEM.ART, EN LO SUCESIVO “SISTEMA”, QUE REPRESENTA, PROMUEVE Y COMERCIALIZA ARTE EN TODAS SUS VARIANTES Y EXPRESIONES, YA SEA OBRA PLÁSTICA EN VARIAS TÉCNICAS, FOTOGRAFÍA, NFT (JPG/PNG), ESCULTURA, CERÁMICA, PRODUCTOS, MERCANCÍA FÍSICA, DIGITAL Y/O VIRTUAL, Y/O SERVICIOS EN ARTES PLÁSTICAS Y SUS VARIANTES CREATIVAS, ENTRE OTRAS REFERENTES, EN LO SUCESIVO “OBRA” Y/O “SERVICIO”, YA SEA COMO AUTOR DE ORIGEN EN LOS APARTADOS DE ARTISTA Y/O GALERIA, O COMO RE-VENTA A TRAVÉS DEL MARKET PLACE; RELACIÓN COMERCIAL ENTRE LA EMPRESA ARTTEM, LA VIDA ES UN ARTE, REPRESENTADA POR LA C. ANACRIS ARGUDIN FERAT, EN LO SUCESIVO “ARTTEM”, Y POR LA OTRA EL POSTULANTE QUE HA ENVIADO SUS DATOS PERSONALES A TRAVÉS DEL FORMULARIO EN EL “SISTEMA” DENOMINADO “POSTULAR MI OBRA” PARA SER UN MIEMBRO ACTIVO DEL SISTEMA” A TRAVÉS DEL NÚMERO DE REFERENCIA PERSONAL QUE LE SERÁ ASIGNADO POR “ARTTEM” Y/O EL “SISTEMA”, EN LO SUCESIVO “ARTTEMISTA”; COMPARECIENTES A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINA “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

DE “ARTTEM”

  1. Plataforma digital y/o web representada conforme a las leyes mexicanas por la C. ANACRIS ARGUDIN FERAT, con RFC AUFA-730126-GC2, y que para todos los efectos legales relativos señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en CALLE ROCALLOSAS No. 50 FRACCIONAMIENTO LAS CUMBRES C.P. 11130 EN LA CIUDAD DE XALAPA, VERACRUZ. CORREO ELECTRÓNICO contacto@arttem.io. Quien declara ser una persona física, mayor de edad, en pleno ejercicio de sus capacidades y facultades para comprometerse en los términos y obligaciones establecidas en la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”.


DEL “ARTTEMISTA”

  1. Ser una persona física, mayor de edad, en pleno ejercicio de sus capacidades y facultades para comprometerse en los términos y obligaciones establecidas en la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”, y que por lo consiguiente, RECONOCE y ACEPTA las condiciones y/o políticas que OPERAN en los TÉRMINOS y CONDICIONES GENERALES y de USO y el AVISO DE PRIVACIDAD de “ARTTEM” a través de la Plataforma Digital y/o Web en los dominios https://arttem.io y/o https://arttem.art para la Representación, Promoción y Comercialización de la “OBRA”, en cualquiera de las modalidades y/o categorías que se encuentre en el “SISTEMA”, ya sea una o varias del mismo “ARTTEMISTA”, tanto de forma física como virtual y/o digital, cuando obtenga CALIDAD DE “ARTTEMISTA” en el “SISTEMA”, quién establece, determina y define su POSTULACIÓN para su incursión como AUTOR y/o ARTISTA PLÁSTICO y se integre la consecuente exposición de su “OBRA” en el “SISTEMA”.
  1. Que acepta que el presente instrumento es elaborado para salvaguardar todas y cada una de las partes que conforman la Propuesta Comercial de “ARTTEM” y de Representación, Promoción y Comercialización de la “OBRA” a través del “SISTEMA”, reconociendo que tanto “ARTTEM” como el “SISTEMA” forman parte integral de ARTTEM”, por lo tanto, que componen el total y absoluto entorno del “SISTEMA” en todas sus variantes mercadológicas, de mercadeo, digitales y tecnológicas. Por lo que, en cuanto a lo que corresponde a “ARTTEM” como marca, nombre comercial, concepto, propuesta comercial y dominio/s (url/s) en Internet, el “ARTTEMISTA” al ACEPTAR los TÉRMINOS y CONDICIONES GENERALES y de USO y el AVISO DE PRIVACIDAD del SISTEMA” para postular su “OBRA”, renuncia a favor de ARTTEM” a la titularidad intelectual, propiedad marcaria, registro de cualquier índole que se derive de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” entre “LAS PARTES”, así como al derecho de accionar o exigir derecho o excepción alguna que se origine por la “OBRA”, salvo a lo implícito a favor del “ARTTEMISTA” en el Plan que elija a través del “SISTEMA” y que contempla el universo de la Propuesta Comercial de “ARTTEM”, aclarandose que, sin que esto genere derecho alguno a “ARTTEM” sobre la misma “OBRA”, conservando en todo momento el “ARTTEMISTA” los derechos de Autor sobre la “OBRA”.
  2. Que acepta y reconoce que los términos: ARTTEM, ARTTEMISTA, ARTISTA, SISTEMA, ACEPTA, ACEPTO, ACEPTAR, PRODUCTOS, OBRA, MERCANCIA, AUTOR, VENTA, VENTA CONCRETA, RE-VENTA, POSTULARSE, POSTULAR, ARTTEM.IO, ARTTEM.ART, GALERIA, MARKETPLACE, APARTADO COMERCIAL, APARTADO DE AUTOR, ARTISTA, PÁGINA DE AUTOR, PÁGINA DE ARTTEMISTA, PÁGINA DE ARTISTA, PROMOCIÓN, COMERCIALIZACIÓN, REPRESENTACIÓN, CANAL, WEBINAR, WORKSHOP, TALLER, CLASE, SALÓN DE CLASES, EXPOSIÓN, MARKETING, MARCA PERSONAL, MARCA COMERCIAL, ALCANCE, POSICIONAMIENTO, NFT, SMART CONTRACT, BLOCKCHAIN, BITCOIN, COMPRADOR, ADQUIRIENTE, COLECCIONISTA, COLECCIONISTA POTENCIAL, PROVEEDOR ASIGNADO, PROVEEDOR DESIGNADO, ALIADO COMERCIAL, ALIANZA COMERCIAL, PUNTO DE EMBALAJE Y ENVÍO, entre otras referentes, son los denominativos descritos en el contexto tanto de los TÉRMINOS y CONDICIONES GENERALES y de USO y el AVISO DE PRIVACIDAD de “ARTTEM” a través del “SISTEMA” tal y como en estas se determina y establece, como en la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”.
  1. Que cuando lo indique “ARTTEM” le compartirá una identificación de carácter oficial en México y/o la que aplique como oficial en el país de origen y que para todos los efectos legales relativos a la “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” entre “LAS PARTES”, establece su domicilio para oír y recibir notificaciones el que señale a “ARTTEM” con el comprobante de domicilio de no más de 3 meses de antiguedad cuando se lo requiera en su momento via eMail.


DE “LAS PARTES”

Que aceptan y reconocen que la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” fue elaborada de acuerdo con las condiciones de seguridad jurídica necesarias con el objeto de mantener un trato no discriminatorio tanto entre “LAS PARTES” y/o los demás arttemistas que forman parte del “SISTEMA”, así como para la cordialidad y respeto entre “LAS PARTES” en base a la legalidad y literalidad de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” y/o los TÉRMINOS y CONDICIONES GENERALES y de USO y el AVISO DE PRIVACIDAD de “ARTTEM” a través del “SISTEMA”.

HECHAS LAS DECLARACIONES QUE ANTECEDEN, “LAS PARTES” CONVIENEN COMPROMETERSE Y OBLIGARSE A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO Y PROPÓSITO
1.1. La presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” define las condiciones bajo las que “LAS PARTES” se comprometen y obligan para la Representación, Promoción y Comercialización de la “OBRA”, ofreciendo “ARTTEM” a través del “SISTEMA” la oportunidad de expansión del “ARTTEMISTA” a través de los medios que integre “ARTTEM” y/o el “SISTEMA” en su/s plan/es de mercadotecnia digital a través del tiempo y mientras exista u opere el “SISTEMA”, ya sea de manera digital, por Internet y/o en un local comercial o cualquier propiedad física para estos fines.

1.2. El “ARTTEMISTA” reconoce y acepta que se le concede una calidad de “ARTTEMISTA”, siendo un calificativo por POSTULARSE para formar parte del “SISTEMA” con su “OBRA”, por lo tanto, Arttemista es un ARTISTA PLÁSTICO INDEPENDIENTE y su PARTICIPACIÓN CONSISTE en POSTULARSE para EXPONER, PROMOVER y COMERCIALIZAR su “OBRA” a través del “SISTEMA” y que “ARTTEM” la REPRESENTE a traves del “SISTEMA” u otro medio que considere pertinente o potencial para lograr la VENTA CONCRETA de la “OBRA”.

1.3. Establecer las bases de la forma de venta y pago que percibirá el “ARTTEMISTA” por la VENTA CONCRETA de la “OBRA” a través del “SISTEMA”.

SEGUNDA. PRINCIPIOS de la “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” ENTRE “LAS PARTES”
2.1. La relación comercial derivada de la oportunidad de negocio que “ARTTEM” ofrece al “ARTTEMISTA” a través del “SISTEMA”comprende los siguientes principios:

1) El éxito profesional como “ARTTEMISTA” a través del “SISTEMA” depende en gran medida de la capacidad y talento artístico, ejecución creativa y técnicas consumadas implícitas en la “OBRA”; “ARTTEM” hará el mayor esfuerzo a través de las estrategias en promoción y/o publicitarias que realice en los “MEDIOS” para atrer al “mercado meta” aque conozca y visite (navegue) como “usuario” en el “SISTEMA”, pero, será el propio “ARTTEMISTA” quien, por lo anteriormente descrito a su cargo, se logre la VENTA CONCRETA de la “OBRA”, por lo tanto, “ARTTEM” establece a través de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” que no otorga garantía alguna al “ARTTEMISTA” en:

  1. La efectiva venta de la “OBRA”.
  2. Que sea efectiva su expansión como artista plástico y/o en la modalidad en la que se represente.
  3. Que sea efectiva su consumación como artista plástico local, nacional o internacional.

2) Que el “ARTTEMISTA” recibirá retribución alguna sí y sólo sí se OBTIENE/LOGRA una VENTA CONCRETA a través del “SISTEMA”, y por ningún motivo, por la exhibición de la “OBRA” ni por el uso del nombre, ya sea marca personal o marca comercial del “ARTTEMISTA” para promover la “OBRA” en el “SISTEMA”; tampoco por la promoción de la “OBRA” y el uso del Nombre como Marca Personal o Marca Comercial en medios digitales, medios offline y exposiciones que llegue a realizar “ARTTEM” al publicitar la“OBRA”.

3) Que el “ARTTEMISTA” trabaja, realiza, produce y crea por cuenta propia y bajo sus propios costos e inversiones en materiales y acabados la “OBRA” que POSTULE en el “SISTEMA”, incluido el Plan Arttemista Inspirattor y/o la categoría o plan de “Obra sobre Pedido”.

4) Que el “ARTTEMISTA” NO se convierte en empleado, socio, comisionista, accionista o representante de “ARTTEM” y realizará sus actividades libremente, eligiendo el medio, método y forma de performance y producción de la “OBRA”, así como las horas y el lugar que dedique a la “OBRA”.

5) Que el “ARTTEMISTA” llevará a cabo bajo su propio riesgo y costos las actividades que deba realizar para depositar la “OBRA” en el punto de embalaje y envío del PROVEEDOR ASIGNADO, entre otras que se establezcan como necesarias a través del tiempo, tal y como lo establece “ARTTEM”, y responderá de los gastos, deudas u obligaciones que el propio “ARTTEMISTA” contraiga para el desarrollo de su función en producir o crear la “OBRA”.

TERCERA. POSTULACIÓN DE LA “OBRA”
3.1. Se debe/debió completar primeramente el proceso para exhibir la “OBRA” en el “SISTEMA”, como “ARTTEM” lo establece:

1) Responder el formulario en el apartado POSTULAR MI OBRA a través del “SISTEMA”.

2) Que “ARTTEM” envie/envió la notificación de aceptación de la “OBRA” al correo electrónico que se proporcione/proporcionó en el formulario antes mencionado.

3) Realizar la FICHA TÉCNICA como se establece en la clásula SEXTA, apartado 6.2 inciso a y b para enviarla al “ARTTEM” cuando lo indique vía eMail.

CUARTA. RESERVA DE LA “OBRA”
4.1. El “ARTTEMISTA” entiende, se compromete y obliga a tener en RESERVA la “OBRA” durante la vigencia establecida en el Plan que eligió, ya sea Arttemista Creattor o Arttemista Exposittor y no podrá realizar por ningún motivo o causa la venta directa por su cuenta de la misma, ni a realizar marketing relacionado para promoverla, ya que al POSTULAR la “OBRA” para ser parte integral del “SISTEMA” representada por “ARTTEM”, no puede ser promocionada, comercializada, ni exhibida en otros medios digitales y/o medios offline por medio del “ARTTEMISTA”, incluyendo exhibiciones y exposiciones de arte, ya sean físicas o digitales, por lo tanto, el “ARTTEMISTA” se compromete y obliga a que sólo podrá promover a “ARTTEM” como el “SISTEMA” de Arte en su contexto general en dónde se exhibe la “OBRA” de manera exclusiva a traves de los dominios https://arttem.io y/o https://arttem.art, incluso, hacerlo a través de sus redes sociales y/o medios electrónicos, bajo la misma premisa que aquí se establece. Esto, con la firme intención de no generar competencia desleal o vntajosa entre todos los arttemistas del “SISTEMA” y así se respeten también los Planes que promueva “ARTTEM” en el “SISTEMA”.

QUINTA. PRECIO DE VENTA, CERTIFICADO DE AUTENTICIDAD, NFT Y SMART CONTRACT
5.1. El PRECIO DE VENTA de la “OBRA” será establecido por el “ARTTEMISTA” a través del formato denominado FICHA TÉCNICA en el que el deberá establecer todo lo referente a la “OBRA”, y “ARTTEM” en base al precio de venta establecerá el costo extra por concepto de la generación del NFT (Non Fungible Token, por sus siglas en inglés), (formato JPG), /utilitario) soportado por su Smart Contract, que de manera digital acompañará a la “OBRA” física, costo extra que el “ARTTEMISTA” acuerda, y autoriza a “ARTTEM” que se agregue al PRECIO DE VENTA de la “OBRA”. Así mismo, el “ARTTEMISTA” reconoce y acepta que conoce lo que es, compone y representa un NFT soportado por su Smart Contract, mismo que, en este caso, establece/establecerá que cada vez que la “OBRA” sea vendida, el “ARTTEMISTA” percibirá una regalía que deberá establecer en la misma FICHA TÉCNICA.

5.2. En el caso del Certificado de Autenticidad de la “OBRA”, el “ARTTEMISTA” es libre de optar por: a) contratarlo por su cuenta y riesgo o, b) a través de “ARTTEM”, que siendo así, el “ARTTEMISTA” acuerda y autoriza a “ARTTEM” a que lo agregue al precio de venta de la “OBRA”.

5.3 “LAS PARTES” establecen y acuerdan que, en primera instancia, el NFT, Smart Contract, y en caso de, el Certificado de Autenticidad extendido por “ARTTEM” para la “OBRA”, se generarán una vez que ésta sea considerada como VENTA CONCRETA, y, por lo tanto, que los costos extras establecidos por estos conceptos, se descontarán a favor de “ARTTEM” una vez que el pago de la “OBRA” sea recibido en la cuenta bancaría de “ARTTEM”.

SEXTA. EMBALAJE
6.1. El “ARTTEMISTA” reconoce y acepta que el costo de embalaje de la “OBRA”, cotizado en base a su tamaño (ancho x largo x fondo), se establecerá, ya sea como anticipado o como un extra al PRECIO DE VENTA en el apartado de pago para que sea pagado al PROVEEDOR ASIGNADO  comercial una vez que la “OBRA” se considere bajo el concepto de VENTA CONCRETA, y el “ARTTEMISTA” lo haya entregado en el punto de embalaje conforme a lo establecido en la FICHA TÉCNICA de la ”OBRA”.

6.2. El “ARTTEMISTA” acepta llevar a cabo la FICHA TÉCNICA y el siguiente PROCESO para que el PROVEEDOR ASIGNADOrealice el embalaje y envío de la “OBRA” una vez que sea entregada por el “ARTTEMISTA”:

a) FICHA TÉCNICA
1. Nombre del “ARTTEMISTA”.
2. Nombre de la “OBRA”.
3. Descripción de la “OBRA”.
4. Precio de la “OBRA”.
5. Porcentaje para establecer en el SMART CONTRACT por concepto de la futura re-venta de la “OBRA” después de que sea adquirida a traves del “SISTEMA” por un coleccionista o comprador.
6. Técnica implementada, material y los generales posibles de la “OBRA”.
7. Tomar 2 fotografías nítidas de la “OBRA”: 1 de frente con un margen o sobrante y 1 ambiental, en formato horizontal y vertical para pegarlas en la FICHA TÉCNICA.
8. Enviar la FICHA TÉCNICA vía correo electrónico en formato PDF como archivo adjunto a arttemistas@arttem.io con el ASUNTO: NOMBRE Y TÍTULOS DE LA/S OBRA/S.
a) Nombre/s de la/s “OBRA/S” +Marca Personal, Comercial o Nombre del “ARTTEMISTA”.
b) Tomar las imágenes de la “OBRA”, tantas como se desee enviar a “ARTTEM” para el apartado de exhibición que corresponda dependiendo del Plan que se eligió, para convertirlas a tamaño máximo en pixeles de 800 px del lado más ancho que corresponda en su formato ya sea vertical u horizontal, guardarlas en extensión .JPG para cargarlas en la carpeta de Drive de la cuenta de preferencia y compatir el URL del Drive, junto con los requisitos, comprobante de domicilio e identificación vigentes que “ARTTEM” solicite al postulante vía eMail para activarlo como “ARTTEMISTA”.
c) Imprimir en 2 tantos la FICHA TÉCNICA de la “OBRA”, para entregarla al PROVEEDOR ASIGNADO una vez que la “OBRA” se designe como una VENTA CONCRETA.
d) La “OBRA” deberá ser envuelta o empapelada de la forma en la que el “ARTTEMISTA” determine que es más segura para su traslado.
e) Llevar la “OBRA” y entregarla en el domicilio que le corresponda del PROVEEDOR ASIGNADO en perfectas condiciones para su embalaje y envío.
f) Solicitar al PROVEEDOR ASIGNADO de embalaje y envío que firme la FICHA TÉCNICA de la “OBRA” de recibida, esto debe ser con el nombre completo de quien recibe +nombre completo de quien entrega +la fecha del día +hora de la entrega y firma de quien recibe. Para conservar el “ARTTEMISTA” la FICHA TÉCNICA bajo su resguardo.

SÉPTIMA. CUMPLIMIENTO CON LA LEY
7.1 El “ARTTEMISTA” es responsable del cumplimiento con las disposiciones legales y fiscales, incluso, licencias comerciales, en caso de ser requeridas, para llevar a cabo su actividad como “ARTTEMISTA” y en cuanto a la percepción que le corresponde por la VENTA CONCRETA de la “OBRA” y de acuerdo al Plan que eligió.

7.2. “ARTTEM” será responsable del cumplimiento con las disposiciones legales y fiscales, incluso, licencias comerciales, en caso de ser requeridas, para llevar a cabo su actividad y en cuanto a la percepción que le corresponde por el porcentaje de la VENTA CONCRETA de la “OBRA” y de acuerdo al Plan en el que se promovió.

7.3. Así mismo, es responsabilidad de cada una de “LAS PARTES”, la conservación de registros fidedignos y completos (tales como formularios de pedido, facturas y recibos) relacionados con la actividad de cada una de “LA PARTES”, y la confección de todos los registros, notificaciones y declaraciones necesarias para garantizar la correcta evaluación y pago de sus impuestos relativos a las percepciones de cada una de “LAS PARTES” por la VENTA CONCRETA de la “OBRA” (impuestos comerciales nacionales o locales del país correspondiente), incluidas las contribuciones sociales que le corresponda hacer a cada una de “LAS PARTES”.

7.4. Por lo tanto, “LAS PARTES” se comprometen y obligan a proporcionar a la otra parte la información o los documentos referentes que solicite alguna de “LAS PARTES” a la otra para verificar el cumplimiento referido.

OCTAVA. GARANTÍA Y PAGO DE LA VENTA CONCRETA DE LA “OBRA”
8.1. “ARTTEM” hará su mayor esfuerzo en todo momento, y a través de su plan de Mejora Continua, para posicionar a través de las estrategias de marketing digital y mercadotecnia de posicionamiento de marca del “SISTEMA” para la mayor exposición y promoción internacional de la “OBRA” y las de los arttemistas que formen parte del “SISTEMA”, pero, la venta de la “OBRA” y el éxito del “ARTTEMISTA”, a través del “SISTEMA”, dependerán exclusivamente de la conexión que exista entre el Coleccionista o Comprador sobre el tema, estilo y técnica que se emplee en la “OBRA”, por lo tanto, cada pago lo recibirá el “ARTTEMISTA” una vez que la venta de la ”OBRA” se designe bajo el concepto de VENTA CONCRETA y que le corresponda en base al Plan que eligió en el “SISTEMA”.

8.2. VENTA CONCRETA es el término que se designa a la venta de la “OBRA” y que “ARTTEM” ha recibido una notificación de venta del “SISTEMA” y una vez que se ha acreditado el precio de venta de la “OBRA” en la cuenta bancaria de “ARTTEM”.

8.3. “ARTTEM” pagará el monto que corresponda al Plan que el “ARTTEMISTA” eligió sobre la VENTA CONCRETA de la “OBRA” 3 (tres) días después de que el Coleccionista o Comprador indique a “ARTTEM” que recibió la “OBRA” a su entrera satisfacción. Siendo para la oferta bajo el concepto de ARTTEMISTA INSPIRATTOR el mismo tiempo corriendo una vez que se complete la cantidad acumulada de las tantas piezas establecidas y que el “ARTTEMISTA” las entregue al PROVEEDOR ASIGNADO para su embalaje y envío a los Coleccionistas o Compradores. Siendo para el concepto de PRUEBA DE COMPRA, hasta que el Coleccionista o Comprador indique a “ARTTEM” que ha decidido CONSERVAR la “OBRA”. En todos los casos, el pago lo realizará “ARTTEM” por transferencia bancaria a la cuenta que el “ARTTEMISTA” en el momento indique y una vez que este envíe a “ARTTEM” el comprobante fiscal correspondiente.

NOVENA. DERECHOS DE AUTOR Y OTROS DERECHOS
9.1. El “ARTTEMISTA” autoriza en este acto a “ARTTEM” a exhibir la “OBRA” en el “SISTEMA” junto con su Marca Personal o marca Comercial como AUTOR de la “OBRA”, a promocionarla en los diversos medios digitales, medios offline y/o exposiciones digitales, sin que esto le genere derechos sobre la “OBRA” a “ARTTEM”, y a su vez, sin que esto le genere derechos de pago o regalías al “ARTTEMISTA” por parte de “ARTTEM”, sólo lo que le otorga derecho en base a lo asentado en la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” a favor del “ARTTEMISTA” y en base al Plan que eligió para que la “OBRA” figure en el “SISTEMA”.

DÉCIMA. VIGENCIA, EXTENSIÓN DEL PRESENTE CONTRATO Y RESCISIÓN
10.1. La vigencia del presente contrato se establece a partir del Plan que el “ARTTEMISTA” eligió en el “SISTEMA”, y por el periodo establecido en el mismo siendo días naturales y no podrá rescindirse dicho Plan hasta que su periodo se cumpla, y hasta entonces, la “OBRA” se dará de baja del “SISTEMA”. En caso de que el “ARTTEMISTA” desee renovar el Plan que eligió, deberá notificarlo 3 días previos a su vencimiento para que la vigencia y alcance se extienda hasta que venza dicho nuevo periodo.

10.2. La rescición con carácter inmediato sólo aplica si cualquiera de “LAS PARTES” incumple alguna condición establecida en la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”, y en caso de tratarse de incumplimiento por parte del “ARTTEMISTA”, este quedará betado de “ARTTEM”.

DÉCIMA PRIMERA. INDEMNIZACIÓN
11.1. El “ARTTEMISTA” indemnizará y liberará a “ARTTEM” y a sus Partes Relacionadas de toda responsabilidad, daño, pérdida o reclamación que sea producto de las acciones del propio “ARTTEMISTA”, así como de toda omisión que conlleve la violación de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”.

DECIMA SEGUNDA. LEALTAD
12.1. Durante la Vigencia de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”, el “ARTTEMISTA”, directa o indirectamente, tiene estrictamente prohibido tomar medida o acción para que un Coleccionista o Comprador interesado en la “OBRA” le transfiera el monto del precio de venta o parcialidad alguna a su cuenta personal, o bien inducirle a que espere al vencimiento del Plan correspondiente del “SISTEMA” para que se lleve a cabo la compra-venta de la “OBRA”, incluidos en estas acciones tratos con proveedores, socios comerciales o aliados comerciales de “ARTTEM”.

12.2. La violación de la presente cláusula causará la rescisión del presente contrato y la/s sanción/es económica/ que correspondan al “ARTTEMISTA”establecida/s en la siguiente cláusula de sanciones.

DECIMA TERCERA. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” ENTRE “LAS PARTES”
13.1. El “ARTTEMISTA” acuerda y se obliga a las siguientes causas y sanciones en caso de incumplimiento a la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”:

a) Pagar a “ARTTEM” el 100% (cien por ciento) del monto de venta del valor de “LA OBRA” a través del “SISTEMA” por el hecho de que el “ARTTEMISTA” haga trato o proceso de venta diferente al establecido en “ARTTEM” a través del “SISTEMA” con un comprador o coleccionista potencial que SE INTERESÓ en la “OBRA” al interactuar o navegar a través del “SISTEMA”.

b) Pagar a “ARTTEM” el 100% (cien por ciento) del monto de venta del valor de “LA OBRA” a través del “SISTEMA” por el hecho de que el “ARTTEMISTA” induzca a un comprador o coleccionista potencial a esperar a que la vigencia del Plan en el que figura la “OBRA” termine para realizar la transacción de compra-venta por su cuenta.

c) Pagar a “ARTTEM” el 50% (cincuenta por ciento) del monto de venta del valor de “LA OBRA” a través del “SISTEMA” por el hecho de que el “ARTTEMISTA” solicite a “ARTTEM” la rescisión del Plan en el que figura la “OBRA” antes de su vencimiento para que la “LA OBRA” no esté más en exhibición en el “SISTEMA”.

d) Pagar a “ARTTEM” el 25% (veinticinco por ciento) del monto de venta del valor de “LA OBRA” a través del “SISTEMA” por el hecho de que el “ARTTEMISTA” no entregue “LA OBRA” a los 5 (cinco) días naturales posteriores a la VENTA CONCRETA en el PUNTO DE EMBALAJE.

e) Pagar a “ARTTEM” el 100% (cien por ciento) del monto de venta del valor de la “OBRA” a través del “SISTEMA” por el hecho de que el “ARTTEMISTA” entregue obra diferente a la establecida en la FICHA TÉCNICA de la “OBRA”

f) Pagar a “ARTTEM” el 25% (cien por ciento) del monto de venta del valor de la “OBRA” a través del “SISTEMA” por el hecho de que el “ARTTEMISTA” entregue la “OBRA” diferente a la establecida en la FICHA TÉCNICA o con algún rasgo de daño o deterioro.

g) Pagar a “ARTTEM” 5 veces el 100% (cien por ciento) del valor de la “OBRA” por el hecho de que se encuentre fehacientemente al “ARTTEMISTA” desprestigiando a “ARTTEM”, al “SISTEMA” y/o a alguna de sus Partes Relacionadas incluidos otros arttemistas que sean parte integral del “SISTEMA”.

DÉCIMA CUARTA. DATOS PERSONALES
14.1. Recopilación y procesamiento de los datos personales del “ARTTEMISTA”: “ARTTEM” recopila, conserva y procesa los datos personales del “ARTTEMISTA” de acuerdo al ámbito de aplicación de LA LEY FEDERAL EN MÉXICO Y/O LAS INTERNACIONALES EN CUANTO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES por medios electrónicos y no electrónicos. “ARTTEM” hace uso de los datos personales para el ejercicio de sus funciones en virtud de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” y sus obligaciones legales y reglamentarias, incluyendo: el cálculo y pago de la “OBRA” al “ARTTEMISTA”; la facilitación de la promoción, representación, servicios y otros productos al “ARTTEMISTA”; el suministro de información al “ARTTEMISTA” sobre oportunidades relacionadas con cuestiones artísticas o del medio artístico en el sector de las artes plásticas; el cumplimiento de funciones legales, financieras, contables y administrativas; y la protección de los derechos jurídicos y contractuales de “ARTTEM”. Los datos personales del “ARTTEMISTA” pueden transferirse a miembros de “ARTTEM” a través del “SISTEMA”; empleados, consultores externos y asesores; Socios comerciales de “ARTTEM” y otros destinatarios autorizados legalmente. La recopilación de los datos personales solicitados en la Postulación y la FICHA TÉCNICA de la “OBRA”, es esencial para el ejercicio de las obligaciones de “ARTTEM” en conformidad con la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”  y la legislación aplicable. Si el “ARTTEMISTA” no proporcionó sus datos fidedignos personales y de la “OBRA”, la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” podrá ser rescindida y la “OBRA” podrá ser dada de baja del “SISTEMA” y quedando betado de “ARTTEM”.

14.2. “ARTTEM” procesará los datos personales de forma leal y lícita; adoptar medidas razonables para garantizar que los datos personales sean completos y precisos; no usar los datos personales para fines ilícitos; recopilar únicamente los datos personales necesarios para los fines establecidos en el OBJETO de “ARTTEM” a través del “SISTEMA”; y tomar las medidas adecuadas para evitar el acceso a los datos personales o su divulgación a personas no autorizadas. El “ARTTEMISTA” puede ejercer sus derechos para acceder y corregir o eliminar sus datos personales de acuerdo con LA LEY FEDERAL EN MÉXICO Y/O LAS INTERNACIONALES EN CUANTO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES y a los procedimientos de “ARTTEM” en su AVISO DE PRIVACIDAD.

DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIÓN Y AVISOS
15.1.  La “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” no podrá ser modificada, y “ARTTEM” podrá modificar los Términos y Condiciones Generales y de USO, Aviso de Privacidad y/o sus Procedimientos, Planes y otros relacionados para el mejor desempeño comercial de “ARTTEM” a través del “SISTEMA”, o en el beneficios de los arttemistas, con aviso al “ARTTEMISTA” en sus mensajes de newslatter o vía correo electrónico que tenga registrado en su base de datos, incluyendo la promoción de otros Servicios de “ARTTEM” o de oportunidades de negocio que surjan durante el tiempo y por motivos de su mejora continua.

DÉCIMA SEXTA. CESIÓN
16.1. La “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” será de forzoso cumplimiento y redundará en beneficio de/los heredero/s que el “ARTTEMISTA” indique por escrito a “ARTTEM” en el momento que así lo considere. El “ARTTEMISTA” podrá asignar o transferir los derechos u obligaciones o la función del propio “ARTTEMISTA” sólo y únicamente a otra persona de su misma línea parental, tomando efecto la transmisión para “ARTTEM” desde el momento en el que apliquen las condiciones que se comuniquen vía correo electrónico a “ARTTEM”, quien verificará y confirmará con el “ARTTEMISTA” para que queden asentadas y acpetadas por “ARTTEM”.

DÉCIMA SÉPTIMA. DIVISIBILIDAD
17.1. Si las autoridades competentes determinan que alguna disposición de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” no es válida o resulta inaplicable de forma parcial o total, la validez del resto de las disposiciones no se verán afectadas por esta resolución.

DECIMA OCTAVA. PERSONAS DE CONTACTO PARA LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
18.1. El “ARTTEMISTA” no se pondrá en contacto con ningún medio de prensa, radio, televisión, de Internet o de naturaleza similar en nombre de “ARTTEM”. Las consultas formuladas por los medios de comunicación en relación con la “OBRA” y/o con el “SISTEMA” han de remitirse a “ARTTEM”, lo que indica que se puede mencionar a “ARTTEM” pero como referente más no como socio, empleado, gerente, directivo, parte de “ARTTEM”.

DÉCIMA NOVENA. LEGISLACIÓN Y FUERO VIGENTE
19.1. La validez, interpretación y cumplimiento de la presente “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” estarán reguladas por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos que apliquen, y si cualquier disposición de este resultara nula o no aplicable bajo dicha legislación, el resto del contrato será totalmente válido de conformidad con sus términos.

19.2. Cada cláusula, párrafo, parte, término y/o estipulaciones, se considerarán separadas entre sí y si por alguna razón, cualquiera de ellas se determina por un tribunal de jurisdicción competente como inválida o contraria a, o en conflicto con, cualquier ley o reglamento existente o futuro, no perjudicará o afectará las demás cláusulas, partes y estipulaciones remanentes de este acuerdo de voluntades, y éstos continuaran con fuerza legal y efectos plenos y obligarán a “LAS PARTES” a la “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” entre “LAS PARTES”.

19.3. Para todo lo relativo a la interpretación, ejecución y/o cumplimiento de la “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL”, “LAS PARTES” se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando al fuero de cualesquiera otros que pudieran corresponderles por razón de sus domicilios, presentes o futuros, o por cualquier otra causa.

Quedando perfectamente enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance de todas y cada una de las cláusulas referidas para conformar la “RELACIÓN CONTRACTUAL MERCANTIL” por medio del Plan que “ARTTEM” oferte y el “ARTTEMISTA” elija para que la “OBRA” figure en el “SISTEMA”, y se competemeten y obligan a la misma una vez que el “ARTTEMISTA” acepta ser parte del “SISTEMA” a través de la “OBRA” que destine para postularla por medio del Formulario de Postualr Mi Obra que figura en el “SISTEMA”, y “ARTTEM” acepte la postulación notificándolo vía eMail al “ARTTEMISTA” y la “OBRA” queda en exhibicón y/o promoción en el “SISTEMA”.

Donde el arte encuentra su destino y los coleccionistas su próxima joya.

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